Cláusulawin vuelve a conseguir una nueva sentencia favorable para nuestro cliente que detallamos a continuación:
Se trata de una sentencia sobre “cláusula suelo con acuerdo de renuncia firmado por el cliente”, que hemos ganado a pesar de que el cliente firmó dicho acuerdo renunciando a reclamar cantidades, por lo que el banco tendrá que pagarle la cantidad correspondiente al tiempo durante el que estuvo aplicándose la cláusula suelo.
Os dejamos un breve extracto de la sentencia:
SENTENCIA 334/2022
En Cuenca, a 21 de noviembre de 2022.
Nuestro demandante presento una demanda frente a la entidad mercantil GLOBALCAJA, S.A sobre cláusula suelo con acuerdo de renuncia firmado por el cliente.
Las partes ratificaron sus respectivos escritos de demanda y de contestación y solicitaron el recibimiento a
prueba, proponiendo las pruebas que consideraron necesarias. Y habiendo propuesto ambas partes litigantes como único medio de prueba la documental acompañada a sus respectivos escritos de demanda y contestación fueron declarados los autos conclusos para sentencia sin necesidad de celebrar
Vista, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 489.8 LECivil. Todo lo cual consta debidamente registrado en soporte apto para la grabación y reproducción del sonido y de la imagen, con el resultado que obra en autos.
FALLO
Desestimo la excepción planteada por la demandada de defecto legal en el modo de plantear la demanda como de cuantía indeterminada. Estimo íntegramente la demanda formulada por el Procurador Don Pablo
Alonso Herraiz contra la entidad GLOBALCAJA, S.A., y, en consecuencia: Declaro la nulidad de la condición general de la contratación conocida como “cláusula suelo”, inserta en la cláusula Tercera Bis de la escritura pública de constitución de préstamo hipotecario, otorgada el día 9 de febrero de 2007, que establece el límite a las revisiones del tipo de interés de un mínimo aplicable de un 4%, condenando a la demandada a estar y pasar por dicha declaración.
Condeno a la entidad demandada a restituir a los demandantes las cantidades indebidamente cobradas en virtud de la aplicación de la cláusula suelo.
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