Gastos hipotecarios    |    16/12/2018

Estado actual de la reclamación del impuesto de las hipotecas

Tras la polémica del Tribunal Supremo, ¿qué ocurre con los gastos hipotecarios?

En estas últimas semanas son muchas las consultas que hemos recibido sobre lo que ocurriría a partir de ahora con la devolución de gastos hipotecarios. La mayoría de las personas que nos consultaron entendieron que ya no era posible reclamar nada por los gastos de hipoteca; pero no es así.

De forma muy breve consideramos preciso explicar lo ocurrido:

El día 28 de febrero de 2018, la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo decidió que la partida relativa al Impuesto de Actos Jurídicos Documentados no debía ser devuelta por la entidad bancaria. Esta partida suele ser la de más cuantía para los clientes, por lo que, en concordancia con la Sala de lo Contencioso Administrativo e incluso con el Tribunal Constitucional se optó por la no devolución del impuesto.

Nadie esperaba que meses después todo cambiase. En concreto, el día 16 de octubre de 2018, la Sala Contencioso Administrativo dictaminó que efectivamente un artículo de la norma que regulaba ese impuesto era nulo, y que por tanto, atendiendo al resto del articulado quien debía pagar el impuesto era la entidad bancaria.

Esta opinión es la que siempre ha defendido Cláusulawin en sus demandas, poniendo de manifiesto desde un principio que ese articulado era nulo.

Todo lo que viene a continuación es conocido por todos. A raíz de esa decisión las entidades bancarias comenzaron a caer en picado en Bolsa debido a las grandes cantidades que tendrían que devolver. Lo que sí que no se esperaba nadie, pues nunca había ocurrido en España, es que el Presidente de la Sala Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo anunciase que debido al “gran impacto económico y social” de esa Sentencia, la misma tendría que revisarse en Pleno por un total de 28 magistrados; es decir, los jueces se tenían que volver a reunir para pensar y decidir si finalmente se devolvería el impuesto de los gastos hipotecarios.

Tras varias sesiones, finalmente se decidió que el banco no estaba obligado a devolver el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados.

¿Qué ocurre entonces si un artículo ha sido declarado nulo y no puede producir efectos? ¿Cómo van a actuar ahora los jueces? ¿Qué ocurre con los gastos hipotecarios? ¿Puedo reclamarlos?

Todas esas preguntas y muchas más son las que tienen los consumidores.

Con este artículo desde Cláusulawin queremos informar de que SÍ SE PUEDEN RECLAMAR LOS GASTOS HIPOTECARIOS.

Los jueces siguen devolviendo los importes relativos a Notario, Registro de la Propiedad, Gestoría y Tasación. Y no sólo eso, sino que muchos jueces se están desmarcando de la decisión del Tribunal Supremo y a día de hoy están devolviendo el Impuesto a los clientes.

Sí, tal cual lo leéis, ciudades como Valencia, Ciudad Real, y Málaga devuelven a los consumidores el IMPUESTO DE ACTOS JURIDICOS DOCUMENTADOS, y por supuesto el resto de gastos hipotecarios. No es de extrañar que muchas otras ciudades se unan a esta devolución.

Cláusulawin es uno de los pocos bufetes de abogados que a día de hoy reclama el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados a los clientes.

No dudéis en contactar con nosotros para un estudio previo, gratuito y sin compromiso. Estamos a vuestra disposición para resolver cualquier tipo de dudas.